Con penas más duras, el Gobierno reglamentó la nueva Ley de Defensa de la Competencia
- Dr. Pablo Chapinal

- 3 may 2018
- 2 Min. de lectura
Actualizado: 27 may 2018
Lo hizo a través del Decreto 480/2018. La norma apunta a combatir las prácticas de abuso de posición dominante y modifica el sistema de multas

El Gobierno reglamentó la ley 27.442 de Defensa de la Competencia, aprobada el 9 de mayo pasado, y dispuso que la Autoridad Nacional de la Competencia, creada por el artículo 18 de la norma, funcione bajo la órbita del Ministerio de la Producción.
Lo hizo a través del Decreto 480/2018, publicado este viernes en el Boletín Oficial, con la firma del presidente Mauricio Macri, el jefe de Gabinete Marcos Peña y el ministro de la Producción, Francisco Cabrera.
Los puntos salientes
Creación de la Agencia de Defensa de la le: ya no será un funcionario político el que resuelva sobre multas y Daños y perjuicios en ley de Defensa de la Competencia sanciones, sino que habrá un Tribunal y dos Secretarías –la de Concentraciones Económicas y la de Investigación de Conductas Anticompetitivas- cuyos miembros serán elegidos por concurso.
Sanciones: los valores de las multas regían a valores de 1999, la máxima era de $ 150.000.000. Se establecieron diferentes criterios para calcular la sanción económica, la norma fija un tope monetario que se ajuste por inflación y que hoy asciende a los $ 4000 millones.
Programa de clemencia: especie de "ley del arrepentido", aplica para todas aquellas empresas que participan de carteles y quieren aportar evidencia que los exima (u obtengan una reducción) de la sanción correspondiente. Quien primero se presente puede liberarse del 100% de la sanción.
Notificaciones: subieron los umbrales para notificar operaciones. Con al nueva ley, un grupo económico debe facturar un mínimo de $ 2000 millones, criterio que también se actualiza por inflación. Para el aviso de una compra o fusión, la operación debe alcanzar al menos $400 millones.


Comentarios